Sistema de
clasificación ELO de
1. DEFINICIÓN
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
3. MODIFICACIÓN Y PUESTA EN VIGOR
4. RITMOS DE JUEGO VÁLIDOS PARA ELO
5. NORMATIVAS DE APLICACIÓN
6. NÚMERO DE RONDAS Y DURACIÓN DE LOS TORNEOS
7. PARTIDAS NO JUGADAS Y ALINEACIONES INDEBIDAS
8. CONDICIONES Y CRITERIOS DE LAS COMPETICIONES EVALUABLES
9. LISTA OFICIAL DE CLASIFICACIÓN ELO DE LA FVA
10. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN
11. PROCEDIMIENTOS DE INFORME ELO
12. SEGUIMIENTO DEL SISTEMA DE CLASIFICACIÓN
13. REQUISITOS DEL ADMINISTRADOR DEL SISTEMA DE CLASIFICACIÓN ELO
14.- CATEGORIAS
ANEXO 1
1. DEFINICIÓN
El sistema de clasificación Elo de la
Federación Vasca de Ajedrez (FVA) tiene por objeto la valoración de las
actuaciones de sus jugadores afiliados mediante procedimientos estadísticos
basados en el sistema de clasificación Elo de la Federación Internacional de
Ajedrez (FIDE).
El ámbito de evaluación estará integrado por aquellas
competiciones organizadas y/ u homologadas por la FVA y afectará a todos sus
jugadores afiliados. También podrán incluirse las competiciones oficiales de la
FEDA y/o de la FIDE. Excepcionalmente, se podrán incluir competiciones
organizadas fuera de Euskadi con participación de afiliados de la FVA, siempre
y cuando el interesado o la propia FVA lo soliciten con una semana de
antelación al Administrador del Sistema de Clasificación (en adelante el
Administrador) y luego aporte sus resultados junto con un cuadro del torneo.
3. MODIFICACIÓN Y PUESTA EN VIGOR
Este Reglamento podrá ser modificado por la Comisión
Delegada de la FVA a propuesta de la Comisión Técnico-Deportiva de la FVA. Los
cambios aprobados surtirán efecto a partir de la fecha establecida en cada caso
por la Comisión Delegada.
4. RITMOS DE JUEGO VÁLIDOS PARA ELO
4.1 General
A efectos de cálculo de tiempo, se considera que una partida tiene 60
movimientos. El ritmo de juego no debe superar las 60 jugadas a la hora en fase
alguna de la partida.El crono mínimo por jugador no debe ser inferior a 1 hora.
4.2 Cuando
se utilicen relojes electrónicos con el dispositivo que permite añadir tiempo
cada vez que un jugador lo pulsa, el tiempo inicial del que dispondrá cada
contrincante no podrá ser inferior a 30 minutos, y, en cualquier caso, el
tiempo total (considerando una partida de 60 movimientos, no deberá ser menos a
una hora.
4.3 También se podrán aceptar otros tipos de velocidades de juego no
incluidas en los párrafos anteriores y que sean válidas para los sistemas de
clasificación de la FIDE o de la FEDA.
Todas las partidas deben jugarse conforme a las Leyes
del Ajedrez.
6. NÚMERO DE RONDAS Y DURACIÓN DE LOS
TORNEOS
6.1 No se
podrán disputar más de dos rondas diarias, excluyendo las partidas aplazadas.
6.2 La duración de los torneos no podrá superar los 90 días, excepto las
competiciones oficiales por equipos de la FVA, Federaciones territoriales o, en
su caso, de la FEDA.
6.3 La lista de clasificación Elo aplicable a todas las partidas de una
competición será la misma, aunque en el transcurso de ella haya entrado en
vigor una nueva.
6.4 La lista aplicable para la evaluación de las partidas de una
competición será la vigente en el período en que los resultados de dicha
competición sean efectivamente computados para el cálculo de una nueva. Esta
disposición se aplicará según el criterio que el Administrador estime oportuno,
teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 9 de este Reglamento.
7. PARTIDAS NO JUGADAS Y ALINEACIONES
INDEBIDAS
7.1
Las partidas realmente no jugadas no serán consideradas a efectos de
clasificación. El criterio del árbitro principal, si lo hubiera, prevalecerá en
la calificación de las incomparecencias a efectos de éste artículo.
7.2 En el caso de alineaciones indebidas en los Campeonatos Oficiales
por equipos de la FVA se considerará el resultado real de las partidas
disputadas si la alineación indebida no es reclamada por el equipo perjudicado
antes de la finalización del encuentro. Si media reclamación, las partidas se
considerarán no disputadas.
8. CONDICIONES Y CRITERIOS DE LAS
COMPETICIONES EVALUABLES
8.1 Para que
una competición sea evaluable en el Sistema de Clasificación Elo de la FVA,
deberá cumplir las siguientes condiciones:
a) El informe deberá ser remitido al administrador en un
plazo inferior a 15 días contados desde la finalización del torneo
b) Los torneos se deberán regir por las leyes del ajedrez y por los
criterios del presente reglamento.
c) habrá al menos un mínimo del 33% de jugadores rateados en alguna de
las listas FVA, FEDA o FIDE, o al menos el 33% de los jugadores deberán estar
Federados en la temporada en al cual se dispute el torneo. Esta regla no
es de aplicación en competiciones oficiales FVA escolares.
d) En competiciones abiertas, deberán estar representados, al
menos tres clubs diferentes. Quedan excluidos de esta regla campeonatos
sociales y matchs entre clubs
8.2 Cualquiera
que sea el sistema de juego, todas las partidas disputadas se tendrán en cuenta
para el sistema de clasificación Elo de la FVA. Para ello, se aplicarán los
siguientes criterios:
a) Los jugadores afiliados a la FVA tendrán asignado el
Elo vasco que les corresponda.
b) A los jugadores no afiliados a la FVA que dispongan de Elo FEDA y/o
FIDE, se les asignará el mayor de los dos.
c) A los jugadores afiliados a otras federaciones no clasificados (sin
Elo) se les asignará un Elo de 1600 a efectos exclusivos de evaluación de los
jugadores afiliados a la FVA, a no ser que tengan Elo autonómico demostrable,
en cuyo caso será aplicado este criterio.
d) A los jugadores no clasificados en ninguno de los apartados
anteriores se les asignará provisionalmente una puntuación de 1600 a efectos
exclusivos de evaluación de los jugadores afiliados a la FVA.
8.3 Los
resultados de las competiciones que se disputen en varias fases serán evaluados
independientemente, a no ser que sean remitidos por el organizador como una
única competición.
9. LISTA OFICIAL DE CLASIFICACIÓN ELO
DE LA FVA
9.1 La lista
se confeccionará mediante el empleo de un procedimiento numérico de evaluación
que se basa en la curva de expectativas de puntuación, derivada de la función
de distribución normal de la teoría estadística y de probabilidades.
9.2 La Comisión Técnico Deportiva, por medio del Administrador,
preparará dos listas al año, que incorporarán los resultados de las
competiciones evaluables producidos a partir de la lista anterior, así como
aquellos que se han registrado en fechas anteriores pero no llegaron a ser
incluidos en dicha lista. Cada lista entrará en vigor oficialmente para las
competiciones que comiencen a partir del 1 de julio y del 1 de enero de cada
año, salvo lo expresado en el apartado 9.5.
9.3 Las fechas de cierre para la recepción de información serán el 25 de
junio para la primera lista y el 25 de diciembre para la segunda lista de cada
año.
9.4 Los informes de los torneos finalizados o recibidos después de la
fecha de cierre no serán incluidos en los cómputos para la lista en cuestión
pero sí lo serán para la siguiente.
9.5 No obstante lo anterior, la Comisión Técnico-Deportiva, a propuesta
del Administrador, podrá modificar las fechas de publicación de la lista en
función del Calendario Deportivo Anual de la Federación Vasca de Ajedrez y de
otras circunstancias.
9.6 Cada lista de clasificación se compondrá de:
a) Relación Oficial de Jugadores Activos
Incluirá los siguientes datos:
·
Nombre y apellidos
de cada jugador.
·
Código de la FVA.
·
Titulo FIDE, FEDA
o categoría FVA.
·
Club al que
pertenece o, en su caso, indicación de "independiente"..
·
Clasificación.
·
Valor del
coeficiente de estabilización K para el siguiente período.
·
Fecha de
nacimiento
b) Relación Oficial de Jugadores Inactivos
1) Figurarán en ella los jugadores que, en un período de
4 listas consecutivas (2 años), no hayan tenido actuación alguna evaluable y
aquellos que dejen de pertenecer a la FVA.
2) Los jugadores considerados inactivos aparecerán en las siguientes 5
listas de clasificación. Sus nombres serán transferidos a una lista separada
que se publicará al mismo tiempo que la de los jugadores activos.
3) Un jugador volverá a considerarse activo si disputa alguna competición
valedera para Elo, tras lo que aparecerá en la siguiente lista de jugadores
activos.
c) Jugadores no evaluados en las listas anteriores
1) Todos los jugadores afiliados a la FVA que entren en
el sistema Elo de Clasificación de la FVA lo harán con una puntuación mínima de
1455 puntos. La entrada en lista podrá ser de 1455, 1555, 1655 o 1755
dependiendo de la actuación del jugador en el periodo en el que entra.
2) Aquellos jugadores que, con anterioridad a su afiliación a la FVA, ya
estén incluidos en las listas de clasificación Elo de la FEDA y/o de la FIDE,
entrarán en el Elo Vasco con una puntuación igual a la que tengan en el Elo
FEDA o en el Elo FIDE o, en caso de disponer de ambos, con el mayor de los dos.
3) Los jugadores sin evaluación FEDA o FIDE, pero con evaluación de
otras federaciones con anterioridad a su afiliación a la FVA y que justifiquen,
a criterio de la FVA, entrarán en el Elo Vasco con una puntuación igual a la
que tengan en el Elo de la federación de la que procedan.
10. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN
10.1 El
Sistema de Clasificación Elo es un procedimiento numérico en el cual
porcentajes de puntuación son convertidos en diferencias de evaluación y
viceversa, diferencias de evaluación son convertidas en probabilidad de
porcentajes de puntos, de la forma establecida en los siguientes apartados.
Para realizar estas conversiones, se utilizarán las tablas número 1 (conversión
de porcentaje a diferencias) y número 2 (conversión de diferencias a
probabilidad) del anexo a este Reglamento.
10.2 Evaluación de jugadores clasificados
Ro - Clasificación del
jugador según la lista en vigor al comenzar la competición.
Rp - Promedio de clasificación de la competición.
N - Número de rondas.
We - Puntos esperados.
W - Puntos conseguidos.
DR Variación de clasificación en la competición.
Rn - Clasificación final del jugador.
a) Cálculo de Rp
Rp será el promedio de los
oponentes de cada jugador.
b) Cálculo de DR
En primer lugar hayamos el valor de la diferencia D como sigue: