ORDEN de 9 de diciembre de 2003, de la
Consejera de Cultura, por la que se aplaza el inicio de los
procesos electorales de las federaciones deportivas.
El artículo 45 del Decreto 265/1990, de 9
de noviembre, por el que se regula la constitución y el
funcionamiento de las Federaciones Deportivas, indica que la
Asamblea General de las federaciones deportivas será elegida
cada cuatro años coincidiendo con los años de celebración
de los Juegos Olímpicos. Las modalidades no olímpicas deben
celebrar las elecciones coincidiendo con los juegos olímpicos
de verano. Asimismo, la Disposición Adicional Primera faculta
a la Consejera de Cultura para el desarrollo y aplicación de
lo dispuesto en dicho Decreto.
Como los próximos Juegos Olímpicos de
Verano se celebran en Atenas en el 2004, las federaciones
deportivas deben iniciar en dicho año los procesos
electorales correspondientes. Teniendo en cuenta esta
circunstancia, resulta necesario aplazar unos meses el inicio
de dichos próximos procesos con vistas a garantizar que los
mismos se realicen con arreglo a las modificaciones normativas
que en materia de federaciones deportivas están pendientes de
una inminente aprobación administrativa y evitar de esta
manera que se deban repetir en el mismo año la realización
de los procesos electorales de las federaciones deportivas.
La presente Orden no constituye una
modificación normativa del Decreto por cuanto los procesos
electorales de las federaciones se desarrollarán también en
el año 2004.
En su virtud,
DISPONGO:
Artículo único
.–
Aplazamiento del inicio de los procesos electorales del 2004.
El inicio de los procesos electorales de
las federaciones deportivas queda aplazado hasta el día 1 de
septiembre de 2004.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.
–
Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País
Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de
2003.
La Consejera de Cultura,
MIREN AZKARATE VILLAR.